El
Código Penal para el Estado de Querétaro en su título relacionado a los delitos
contra el servicio público cometidos por particulares, establece en el artículo
273 que “Al particular que promueva una conducta ilícita de un servidor público
o se preste para que él mismo o por interpósita persona promueva o gestione la
tramitación o resolución ilícita de negocios públicos ajenos a las
responsabilidades inherentes a su empleo, cargo o comisión, se le impondrá
prisión de 3 meses a 4 años y de 10 a 100 días multa”. Asimismo, en el artículo
274 se implanta que “Al particular que de manera espontánea dé u ofrezca dinero
o cualquier otra dádiva u otorgue promesa a un servidor público o a interpósita
persona, para que dicho servidor haga u omita un acto justo o injusto
relacionado con sus funciones, se le aplicarán
de 6 meses a 6 años de prisión y de 20 a 240 días multa.”
Desde hace un año
hemos escuchado o leído sobre los supuestos “moches”. Se ha pretendido
relacionar a distintos funcionaros públicos y legisladores – curiosamente de un
solo partido político- en presumidos condicionamientos de asignación de obras a
cambio de dinero, de “moches”. Hemos referido en anteriores colaboraciones que
a pesar del interés y cobertura mediática sobre estas conductas, no media
ninguna denuncia formal sobre “las mochadas”. Hasta hoy, no existe resolución
judicial que acredite que determinado funcionario, legislador, constructor,
empresario o particular cometió delito conexo a esta probable práctica. Ante
estos hechos es también oportuno y justo reflexionar que no existen
cuestionamientos públicos contra quienes en algún momento han acusado o
señalado – por la vía mediática y no legal- a algún funcionario por este
delito. Más allá de no contar o presentar las pruebas suficientes para sostener
sus acusaciones - que revisten un mayor interés político, que legal y social-
no han caído en cuenta que sus propias afirmaciones, en caso de ser verdaderas,
conllevan la actualización de los delitos de promoción de conductas ilícitas y cohecho cometido por particulares contempladas en el Código Penal
para el Estado de Querétaro. Es decir, quienes han difamado a legisladores y
funcionarios por el tema de los “moches” serían los primeros sujetos a ser
investigados por las Procuradurías de Justicia ya que, en el caso de
comprobarse su dicho y su delito, pudiéramos estar entonces realmente frente a
la infracción cometida por el funcionario público. En otras palabras, tan la
mayoría de las acusaciones sobre “moches” son falsas, que quienes las acusan o
presentan no están sujetos a procedimiento penal alguno. Resulta irónico o simplemente
paradójico, que un particular culpe a un funcionario de recibir un “moche” que
él le dio. En ambos casos las dos conductas serían delictivas. Para probar que
el funcionario recibió el moche, habría que actualizar también el delito
cometido por el particular. Si ni lo uno, ni lo otro ocurre, estamos frente a
una ficción que persigue tan solo un interés electoral.
Difícilmente
podemos evitar que la corrupción se dé, lo que si podemos evitar es que la
impunidad persista. Estamos obligados a llamar a cuentas a todos por igual, al
funcionario que recibe el moche y al particular que se mocha. Solo actuando objetivamente,
sin parcialidades, con seriedad, sin intereses políticos, con pruebas, podremos
verificar los hechos y juzgarlos. Lo contrario es especulación política y
difamación pura.